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                                                            FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COPASST

 

 

 

 

     Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los programas de salud ocupacional

           Participar de las actividades de promoción, divulgación, e información sobre medicina, higiene y seguridad.

           Visitar e inspeccionar periódicamente los lugares de trabajo

         Proponer actividades de capacitación  en salud ocupacional

         Colaborar en el análisis de las causas de accidentes de trabajo

 

FUNCIONES DEL SECRETARIO

 

  Verificar la asistencia de los miembros del comité a las reuniones
   Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión

    Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el comité.

 

PERIODOS DE LOS MIEMBROS DEL COMITE

 

 

El periodo  de trabajo del  comité es de dos años  se debe conformar mediante proceso de elección en el prime la libertad e igualdad de participación de todos los trabajadores. Una vez elegido el comité deberá ser inscrito por el representante legal de la empresa ante el Ministerio de la protección social.

Como ya se dijo anteriormente uno de los elementos de apoyo para el Programa de salud ocupacional para  la empresa es la conformación del comité paritario de salud ocupacional (COPASST). Dicho comité tiene la característica de estar conformado por igual número de representante por parte de la administración e igual número de representante por parte de los trabajadores, de allí su denominación  de paritario. Los representantes por parte por parte de la administración son elegidos por el empleador, mientras que los representantes por parte de los trabajadores son elegidos por el mismo personal de la empresa por medio de un proceso de votación, lo cual garantiza que las inquietudes relacionadas con las condiciones de trabajo sean canalizadas a través de las personas en las cuales la población trabajadora de la empresa deposito la confianza.

 

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